El principio de paridad de género no es una aspiración, sino un mandato vigente
La Dra. Yasmín Esquivel Mossa, Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, subrayó que el principio de paridad de género no es una aspiración, sino un mandato vigente en la Carta Magna que impone el deber de aplicar la paridad en las candidaturas y en los nombramientos por designación.
La Ministra dictó la videoconferencia magistral “Igualdad, Paridad y Violencia Política. Criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, a invitación de la Magistrada Yurisha Andrade Morales, Presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, organizadora y presentadora del evento.
A lo largo de las últimas semanas, el Pleno de la Corte ha conocido de diversas acciones de inconstitucionalidad en las que se debate sobre la constitucionalidad de disposiciones de leyes electorales de entidades de la República, que deben ser resueltas previo al inicio de los respectivos procesos electorales locales que tendrá lugar en próximas fechas, abordando temas del mayor interés, entre ellos, el relativo a la incorporación del principio de paridad de género que consagra nuestra Carta Fundamental.
Como contexto, cabe mencionar que a la reforma constitucional en materia político-electoral de 2014, que estableció el principio de paridad de género en la postulación de candidaturas a legisladores federales y locales, han seguido otras que en el orden constitucional y legal profundizan y desarrollan este mandato, a partir de cuya interpretación la Corte ha emitido una serie de precedentes en los que delinea el contenido de este principio de rango constitucional, todo lo cual constituye el marco acorde al cual los congresos locales deben legislar en la materia, y también el parámetro para determinar si las leyes que emiten se apegan o no a la Ley Fundamental.
Es incuestionable que el principio de paridad de género no es una aspiración, sino un mandato vigente en nuestra Carta Magna, que impone a las legislaturas locales el deber de observarlo y aplicarlo, tanto en candidaturas de elección popular como en nombramientos por designación.
La igualdad política se garantiza, como en el caso de la Ley Electoral de Michoacán se interpretó, con la postulación 50/50 de mujeres y hombres; y aunque no exista norma constitucional expresa, debe entenderse que incluye una alternancia de género entre cada periodo electivo en las listas de diputaciones y regidurías de representación proporcional.
La aplicación del principio de paridad de género, hoy permite una integración prácticamente paritaria del Congreso General, y a través de acogerlo en las leyes locales, pronto habrá de permear en la integración de los congresos locales y de los ayuntamientos y alcaldías, como en otros órganos colegiados, hasta que sea una realidad tangible, la participación igualitaria de la mujer en el quehacer político en nuestro país.
La Ministra deseó éxito a los juzgadores electorales de Michoacán frente al enorme reto de impartir justicia electoral en el 2021.
“El trabajo del Tribunal es verdaderamente enorme en este proceso electoral”, remarcó durante la conferencia transmitida en vivo, que contó con la presencia virtual de la Magistrada Alma Rosa Bahena Villalobos, así como de los Magistrados René Olivos Campos y Salvador Alejandro Pérez Contreras.
La conferencista magistral planteó velar también para que los medios de comunicación transmitan una imagen plural, igualitaria y no estereotipada entre hombres y mujeres, omitiendo la utilización discriminatoria y sexista del lenguaje.
En su opinión, el lenguaje jurídico –la principal vía para la reproducción de prejuicios y estereotipos- requiere una mayor transformación, empezando por proclamar desde la Constitución de la República que el hombre y la mujer son iguales ante la ley.
La Ministra manifestó que, pese a la opinión de los especialistas sobre el alcance del masculino genérico, en el uso cotidiano en México existen reglas gramaticales que fortalecen la paridad de género y que ya han sido incorporadas en la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres.