El TEEM ratificó los triunfos en los municipios de Hidalgo, Villamar y La Piedad, en ninguno se atribuyó la violación a la norma electoral ni se fincaron responsabilidades
El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) ha resuelto un total de 41 Juicios de Inconformidad (JIN) de un total de 71 impugnaciones que por municipios se recibieron. En ninguno se ha determinado anular la elección, confirmó la magistrada presidenta Yurisha Andrade Morales.
Este martes, el Tribunal Electoral ratificó los triunfos en los municipios de Hidalgo, Villamar y La Piedad, en ninguno se atribuyó la violación a la norma electoral ni se fincaron responsabilidades, ya que los agravios presentados fuero calificados como inexistentes o sin fundamento alguno.
En el caso de las sentencias emitidas en sesión de este martes, la vertiente no fue distinta. En el caso del municipio de Hidalgo, el recurso promovido por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de los candidatos a presidente y síndica de Movimiento Ciudadano, y a su vez en contra del mismo instituto político por la colocación de propaganda en lugares prohibidos como la zona centro, no fue factible, pues no se pudo fincar alguna responsabilidad al no estar establecida ninguna zona en la alcaldía como Centro Histórico.
Yurisha Andrade Morales, presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán
Los recursos presentados por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del Comité Municipal Electoral de Villamar por el cómputo municipal, la entrega de constancia de mayoría relativa y la asignación de regidores por el principio de representación proporcional, se advirtió que las afirmaciones fueron inexactas, incorrectas e ineficaces, por lo que los agravios fueron infundados e inoperantes a decir del órgano electoral.
Por esa razón, se confirmó el cómputo municipal, así como la declaratoria de validez y constancias expedidas.
En La Piedad, el Partido Revolucionario Institucional y Acción Nacional impugnaron la elección al ayuntamiento y la entrega de constancia para Iván Abdiel Rizo Téllez como segundo regidor propietario plurinominal. Sin embargo, sus agravios planteados por actos anticipados de campaña fueron inatendibles.
Conteo de los votos emitidos el 6 de junio del 2021
Al pedir la anulación de las elecciones por dichos actos fuera de lo que establecen las reglas electorales, los magistrados concluyeron que se dieron dentro de la vía y plazos correctos para su estudio, por consiguiente, se confirmó la validez de la elección, la entrega de constancia y la designación de Rizo Téllez.
Cabe señalar que a pesar de que el TEEM ha emitido sus sentencias, los inconformes pueden apelar la decisión, por lo que en el caso de los ayuntamientos y diputaciones locales, la Sala Regional Toluca estaría atendiendo las impugnaciones.