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De 39 millones, topes de gasto de campañas para diputados locales y alcaldes en 2024

Estos recursos se distribuirán entre los 24 distritos electorales de los 112 municipios del estado respectivamente.

En sesión extraordinaria urgente, este viernes el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán aprobó los topes máximos de campaña para el proceso electoral ordinario local 2023-2024.

Puede ser una imagen de texto que dice "PROCESO ELECTORAL IEM DEMICHOACÁN MICHOACÁN TOPES GASTO CAMPAÑA DIPUTACIONES para las elecciones de 2024 DISTRITO ELECToRAL monTo $2,063,509.89 La Piedad Puruándiro 3 Maravatío Jiquilpan 5 Paracho 6 Zamora 7 Zacapu Tarímbaro Los Reyes 10 Morelia Noroeste 11 Morelia Noreste 12 13 Hidalgo Zitácuaro 14 15 $1,492,319.44 $2,015,549.04 $1,907,114.01 $1,686,297.52 $1,975,228.23 $1,849,181.81 $1,595,810.95 $1,621,315-15 $1,580,881.99 $1,711,422.55 $1,566,669.29 $1,570,587.60 $1,826,753.26 $1,627,410.32 $1,576,837.27 $1,441,198.68 $1,408,995-39 $1,712,518.00 $1,439,653.81 Uruapan Norte Pátzcuaro 16 Morelia Suroeste 17 Morelia Sureste 18 Huetamo Tacámbaro 19 20 Uruapan Sur 21 Coalcomán de Vázquez Pallares 22 Múgica 23 Apatzingán 24 Lázaro Cárdenas $1,433,263.71 $1,363,309.71 $1,636,356.45 $39,931,647.85 TOTALES www.iem.org. ofos"

De esta manera, los límites de gastos y erogaciones para el proceso comicial quedan de la siguiente manera:

CARGO TOPE DE GASTOS
Diputaciones locales 39’931,647.85 pesos
Ayuntamientos 39’695,481.88 pesos

Cabe señalar que estos recursos se distribuirán entre los 24 distritos electorales de los 112 municipios del estado respectivamente.

Los topes de gasto de campañas fueron determinados conforme al artículo 170 bis del Código Electoral del estado que determina que el Consejo General determinará los topes de gastos para cada campaña considerando el tope autorizado para la elección de que se trate, el cual se incrementó en un 6.14 por ciento respecto al proceso electoral pasado, con base en el factor de actualización de la UMA.

Dichos gastos comprenden algunos rubros como:

  • Propaganda en bardas
  • Mantas
  • Volantes
  • Pancartas
  • Equipos de sonido
  • Eventos políticos realizados en lugares arrendados
  • Gastos operativos de campaña
  • Sueldos y salarios de personal eventual
  • Arrendamiento eventual de bienes muebles e inmuebles
  • Gastos de trasporte
  • Viáticos
  • Gastos de propaganda en diarios revistas y otros medios impresos
  • Gastos de producción de mensajes por radio y televisión, entre otros.

Cabe destacar que el tope establecido es una de las reglas más importantes que contempla el sistema electoral mexicano, pues busca que los partidos políticos y candidaturas independientes tengan equidad en la contienda.

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