Nuevo decreto entra en vigor este martes 28 de diciembre
Este 28 de diciembre del año en curso entró en vigor el decreto de las medidas sanitarias extraordinarias para el desarrollo de las actividades sociales y económicas del estado, firmado el lunes durante el Consejo Estatal de Seguridad en Salud, acción para prevenir una cuarta ola de contagios por Covid-19.
En comunicado de prensa se informó que en consideración al comportamiento actual de los contagios y defunciones; así como la identificación de diversas variantes del virus en circulación en el país (Alfa, Beta, Gamma, Delta y Ómicron), resulta necesario establecer medidas en conjunto con los procesos de vacunación.
Este decreto entró en vigor desde este martes 28 de diciembre, donde se establece el uso obligatorio de cubrebocas, instalación de filtros sanitarios, desinfección con gel antibacterial, toma de temperatura al ingreso de cualquier espacio público, control de accesos de entradas y salidas; así como la implementación de acciones de promoción de la salud enfocadas a contener, disminuir y romper las cadenas de contagios.
Asimismo, se establece como aforo permitido para la realización de actividades sociales y económicas el 60 por ciento de conformidad a las dimensiones del establecimiento como es el caso de iglesias, lugares de culto, establecimientos mercantiles, tianguis, mercados, plazas, centros comerciales, salas de cine, teatros, restaurantes, antros y bares.
En este sentido se exhortó a los Ayuntamientos y al Concejo Municipal respectivo, a que lleven a cabo las medidas de supervisión correspondientes en su circunscripción territorial tendientes a dar cumplimiento a las medidas sanitarias; además durante los meses de diciembre y enero sesiones el comité Municipal de salud, vinculando para tales efectos al regidor de salud o secretario de ayuntamiento para seguimiento y toma de decisiones.
Corresponderá a los comités municipales de salud, el monitoreo permanente y evaluacio?n, asi? como la integracio?n de los subcomite?s con las autoridades y sectores de la sociedad.
Por último se dijo que la vigilancia del cumplimiento del presente Decreto estará a cargo de la Secretaría de Salud de Michoacán, la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, la Secretaría de Gobierno, la Coordinación Estatal de Protección Civil y las autoridades en materia de Seguridad Pública, mismas que actuarán en coordinación con las instancias federales y municipales competentes en el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con la normatividad aplicable en la materia.