La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó este lunes la orden que el Instituto Nacional Electoral (INE) hizo a los partidos políticos para respetar la paridad de género en las candidaturas para las gubernaturas de las elecciones de 2021.
Los magistrados indicaron que el INE no tiene facultad para emitir los lineamientos faltantes en la legislación correspondiente sobre la paridad de género.
De acuerdo con la magistrada Janine Otálora, el INE debió ejercer su facultad de atracción, por ello es que propuso la revocación del acuerdo.
El acuerdo del INE obligaba a los partidos a postular a siete mujeres en las 15 gubernaturas que se disputarán en 2021.
Por lo que las magistradas Mónica Soto, Janine Otálora y los magistrados Felipe de la Mata y Reyes Mondragón votaron a favor de vincular obligatoriamente a cumplir el criterio.
A pesar de esta resolución, la Sala Superior definió que el INE no tenía la facultad de emitir lineamientos sobre la paridad de género.
El magistrado Indalfer Infante consideró que la facultad de emitir los criterios, es exclusiva del Congreso de la Unión y de los congresos de las entidades federativas y no del organismo electoral.
Mientras que la magistrada Mónica Soto dijo que votaba a favor de la revocación de la sentencia del INE, explicando que el Instituto no tenía competencia en el tema.
También se acordó que los partidos locales deberían postular preferentemente como candidata a una persona del género distinto a la registrada en la elección anterior; mientras que los partidos políticos locales de nueva creación deberían optar preferentemente por mujeres como candidatas a las Gubernaturas.
Se aprobó, además, vincular al Congreso federal, así como a los congresos locales, para que regulen la paridad de género antes del proceso electoral inmediato 2020-2021.
Aunque la magistrada Otero hizo la propuesta de atraer al TEPJF la facultad de cumplimentar la paridad de género entre partidos políticos, ésta fue rechazada.
El pasado 6 de noviembre, el INE aprobó los criterios de paridad para las gubernaturas, toda vez que se acordó que los cargos unipersonales no están excluidos de la paridad y que no es una obligación de la autoridad electoral propiciar que se implemente el principio de la paridad, sino que también es de los partidos políticos.
El Consejero Presidente de INE, Lorenzo Córdova Vianello, aseguró entonces que la decisión adoptada por una petición para establecer dichos criterios, sin duda atiende el mandato constitucional para alcanzar la paridad sustantiva incluida en la Carta Magna a partir de la reforma de 2019, realizada por una legislatura paritaria, producto de las medidas afirmativas que aprobó el INE.