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Qué sigue tras la despenalización del uso recreativo de la marihuana y cuáles serán sus limitaciones

La Suprema Corte avaló este lunes el uso recreativo y lúdico de la cannabis, pero son los diputados y senadores federales quienes tendrán que legislar su regulación, pesar de su reciente fracaso.

La decisión fue considerada histórica por los protagonistas y por los consumidores: la Suprema Corte mexicana despenalizó este lunes el uso lúdico y recreativo de la marihuana en todo el país, al avalar la Declaratoria General de Inconstitucionalidad (DGI) de las leyes que prohibían hasta ahora esta posibilidad.

El Pleno del máximo Tribunal del país votó 8-3 a favor de la DGI, por lo que deben invalidarse con efectos generales los arti?culos 235, u?ltimo pa?rrafo y 247, u?ltimo pa?rrafo, de la Ley General de Salud, en las porciones que estableci?an que la Secretari?a de Salud (SSa) so?lo podri?a autorizar la realizacio?n de actividades relacionadas con el autoconsumo del estupefaciente cannabis y el psicotro?pico THC “para fines me?dicos y cienti?ficos”.

La Corte explico? que con esta declaratoria se remueve el obsta?culo juri?dico para que la SSa, a trave?s del o?rgano competente, autorice las actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y THC (como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar) con fines recreativos, respetando de esta manera el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

“Para mí es un gran paso por parte de la Suprema Corte. En principio, sanciona la pasividad del Congreso. Les dieron un plazo original de 90 días y cuatro prórrogas para superar el problema de constitucionalidad y no pudieron hacerlo”, aseguró a Infobae México Daniel Torres Checa, abogado de la Universidad Panamericana.

La Cofepris deberá emitir los permisos para consumo, cultivo y transporte (Foto: Galo Cañas/ Cuartoscuro)La Cofepris deberá emitir los permisos para consumo, cultivo y transporte.

“Otro aspecto relevante es que se trata del primer pronunciamiento del Pleno en la materia. La jurisprudencia y el estudio de los amparos fue del conocimiento de la Suprema Corte pero actuando en Salas”, añadió el especialista en Derecho Constitucional.

La SCJN preciso? que la SSa debera? emitir esas autorizaciones so?lo a personas adultas y para el autoconsumo de cannabis y THC, pero no de otras sustancias. Asimismo, preciso? que la Cofepris (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios) debera? establecer los lineamientos y modalidades para la adquisicio?n de la semilla, en el entendido de que la autorizacio?n no podra? incluir en ningu?n caso la permisio?n de importar, comerciar, suministrar o cualquier otro acto de enajenacio?n y distribucio?n de tales sustancias.

Precisamente sobre este tema, Lisa Sánchez, la directora general de la asociación civil México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), se refirió en sus redes sociales a los efectos que tiene el proyecto aprobado este lunes en la Corte:

Esto NO significa que todo el mercado de cannabis sea legal ni que quienes consuman queden exentos de limitaciones
Los diputados y senadores tienen la responsabilidad de establecer un marco regulatorio para el consumo recreativo de cannabis (Foto: Cámara de Diputados)Los diputados y senadores tienen la responsabilidad de establecer un marco regulatorio para el consumo recreativo de cannabis 

La Corte también detalló que, al emitir las autorizaciones, la Cofepris debera? precisar que el ejercicio del derecho de autoconsumo de cannabis y THC con fines lu?dicos y recreativos en ningu?n caso podra? hacerse afectando a terceros, por lo que no debera? ser ejercido frente a menores de edad ni en lugares pu?blicos donde se encuentren personas que no hubieran brindado su autorizacio?n.

Asimismo, se debera? precisar que no esta? permitido conducir vehi?culos u operar ma?quinas peligrosas bajo los efectos de esas substancias, ni realizar, en general, cualquier otra actividad bajo los efectos de esas substancias que pueda poner en riesgo o dan?ar a terceros.

Es decir, la aprobación de la DGI no implica que las personas puedan consumir para uso recreativo de forma inmediata, sino que solamente evita la necesidad de interponer un juicio de amparo, pues la Corte definió que la Cofepris emita los permisos necesarios para su consumo, su transporte y su cultivo para quienes así lo soliciten una vez que la DGI quede publicada en el DOF (Diario Oficial de la Federación).

Finalmente, la Suprema Corte exhorto? al Congreso de la Unio?n a legislar respecto al autoconsumo recreativo de cannabis y THC, a fin de generar seguridad juri?dica a los usuarios y a terceros, asi? como a generar las condiciones necesarias para que este derecho pueda ser ejercido responsablemente.

Los detalles son responsabilidad del Congreso, que tiene ahora la presión y la urgencia de acordar, definir y aprobar su regulación detallada, algo que no ha podido hacer en los últimos años a pesar de tener mayorías en ambas Cámaras de Morena, el partido en el poder y que el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.

Sí tenemos tareas pendientes desde el lado legislativo. La Corte puede declarar la inconstitucionalidad de las normas que prohíben el uso lúdico del cannabis y expulsarlas del sistema jurídico, pero no puede regular el mercado. Esa tarea es del Congreso de la Unión”, destacó Torres Checa a este medio.

Y es que, como advirtieron otros expertos, a pesar de la despenalización del uso lúdico de la marihuana en la Corte, el Pleno del máximo Tribunal del país no tocó el Código Penal Federal, por lo que las sanciones para quienes consuman de forma recreativa sin permisos siguen vigentes y seguirán así hasta que los diputados y senadores reformen y modifiquen este tipo de legislación.

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