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Comisión de transición del gobierno michoacano se activaría esta semana

Integrantes del equipo del gobernador electo, Alfredo Ramírez, apelan a lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado

Esta semana transitaría la conformación de la comisión de transición integrada por el gobernador electo para dar inicio al proceso de entrega-recepción de la administración pública estatal, conforme a lo establecido en la Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado de Michoacán.

Dicha ley en su artículo 19 señala lo siguiente: “El Ejecutivo del Estado, en el presupuesto correspondiente al ejercicio del año en el que deba realizarse el inicio de período de gobierno, deberá contemplar una asignación especial para remunerar al personal y pagar los gastos de logística de la comisión de transición que en su caso nombre el gobernador entrante, durante los 45 días anteriores a la fecha de toma de posesión (1 de octubre)”.

“Para los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, los gobernadores electo y saliente, designarán a las personas que deban coordinarse para determinar el monto a proponerse al Congreso”, añade el mismo artículo.

A propósito de la proximidad de ese periodo de 45 días previos a la toma de posesión, Carlos Torres Piña, vocero del equipo de transición del gobernador electo, Alfredo Ramírez Bedolla, informó que integrantes del mismo tuvieron tres días de capacitaciones técnicas a fin de estar listos para los trabajos que prevén iniciar esta semana.

El año pasado se publicaron en el Periódico Oficial del Estado las Bases Generales para la Entrega-Recepción en las Dependencias, Coordinaciones y Entidades del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo, mismas que establecen que serán los titulares de éstas los directamente responsables de hacer la entrega correspondiente de los asuntos y recursos públicos que hayan tenido bajo su responsabilidad.

Conforme al artículo 9, para formalizar y materializar el proceso de Entrega Constitucional, se constituirá una Comisión de Entrega “que tendrá por objeto coordinar y ejecutar las acciones necesarias, suficientes y oportunas que garanticen que el proceso de transferencia de los asuntos y recursos de la Administración Pública Estatal, se realice en forma armónica ordenada, transparente y con absoluto respeto a la normativa aplicable”.

Citada Comisión de Entrega estaría integrada por los titulares de las secretarías de Contraloría, Gobierno, Finanzas y Administración, Técnica de la Oficina del Gobernador, así como la jefatura de la Oficina del Gobernador, y la Consejería Jurídica.

Además, según el artículo 22, todo servidor público al separarse de su empleo, cargo o comisión, tiene la obligación de realizar la entrega física y material de los asuntos y recursos de su competencia, como planes, programas, documentos informativos, recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros.

Por otro lado, de acuerdo al artículo 23, el servidor público que recibe realizará la revisión y verificación del contenido de los documentos relacionados en el acta y sus anexos, y podrá, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la firma del acta, pedir por escrito al servidor público que entregó aclaraciones o precisiones al respecto.

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