La reestructuración de la deuda o las quitas son dos opciones que pueden tomarse a consideración
En ocasiones puede ser que se pida un crédito o se compren cosas con tarjeta cuando se tiene un empleo seguro o algún ingreso fijo, sin embargo, cuando las certezas se tambalean y aparecen problemas para pagar, es común que las deudas comiencen a incrementarse de forma acelerada e, incluso, lleguen a cifras estratosféricas.
Por ello, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) emitió algunas recomendaciones para que, aquellos que se encuentren en una situación complicada respecto a sus posibilidades de pago, puedan volver a respirar un poco y saldar sus pendientes.
Ángel González, director de Defensa del Deudor, explicó que la reestructura de la deuda es el primer camino a tomar, pero antes que nada, quién tenga la deuda deberá ser muy honesto consigo mismo respecto a su capacidad real de pago, porque no será conveniente elegir una cifra que posiblemente también sea irreal poder liquidar.
“Debemos entender que la reestructura se maneja bajo dos esquemas, uno sería el de la reducción del plazo. Por ejemplo, si nosotros tenemos un crédito a pagar a 36 meses y buscamos una reestructuración donde nos acorten el plazo, pues nos podríamos ir a 12 meses donde la tasa de interés va a bajar y vamos a pagar la deuda al final con una cantidad menor de dinero al final”.
El director ahondó en que la reestructura que suele buscarse cuando los ingresos bajan es la inversa al caso anterior, es decir, que el plazo de pago se extienda.
Sin embargo, alerta de que esta decisión podría acarrear otro tipo de consecuencias.
“Si el crédito estaba estructurado originalmente a 24 meses, mediante el sistema de reestructura conseguimos un plazo mayor por ejemplo a 48 mensualidades. Entonces lo que pasa es que esa tasa de interés va a subir y entonces vamos a terminar pagando mucho más”.
Por lo anterior se recomienda que si la situación económica es inestable, no se fuerce la situación, pues podría salir una deuda mayor a la que ya se tenía.
Las quitas son la otra de las alternativas, esta refiere a cuando el acreedor propone un descuento de la deuda pero pone ciertas condiciones para el deudor.
“La quita es un beneficio que otorga el acreedor a su consideración, si el acreedor decide que esta cuenta en particular es susceptible a un convenio de pago por medio de una quita, la va a ofrecer. Pero si decide que no es así, pueden pasar años y nunca llegará este convenio”, dijo Ángel González.
La consecuencia de la quita se verá reflejada en el historial crediticio, la deuda aparecerá el recorte de crédito especial ante las sociedades de información crediticia como liquidada, pero aunque el saldo aparezca en ceros, quedará registrado que se hizo un pago especial.
“A muchísima gente le ofrecen que liquide sus deudas con determinada cantidad de dinero, haciéndole promesas de quitas sobre la deuda y resulta ser que la gente va muy esperanzada de quitar esta deuda, a veces piden prestado, venden sus pocas cosas, pagan la cantidad acordada y resulta ser que el acreedor se los toma como un pago parcial porque la quita jamás existió”, señaló el director.
Para evitar este tipo de situaciones se sugiere que haya un documento que respalde dicha negociación, este lleva por nombre carta convenio, que básicamente es un nuevo contrato que da legitimidad a la transacción.