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Ratifica TEPJF triunfo de Bedolla como gobernador de Michoacán

Magistrados vincularon al INE para que emita los protocolos necesarios para evitar que se normalice la violencia en los procesos electorales

Pese a que, por violencia focalizada, anularon la votación ejercida en los municipios de Múgica, Gabriel Zamora, La Huacana y Nuevo Urecho, magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) en la que valida la elección de la gubernatura del estado y el triunfo del candidato de la coalición PT-Morena “Juntos haremos historia en Michoacán”, Alfredo Ramírez Bedolla.

De igual forma, validaron la expedición de la constancia de mayoría que otorgó el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) al morenista Ramírez Bedolla.

En sesión pública celebrada a través del sistema de videoconferencia, autoridades del máximo órgano jurisdiccional del país en materia electoral, con votación unánime, dieron luz verde al proyecto de resolución que presentó el magistrado ponente, Indalfer Infante González, quien argumentó que, si bien hubo indicios sobre la injerencia del crimen organizado en cuatro municipios, no hay elementos suficientes para anular la elección celebrada el pasado 6 de junio en la entidad.

De esta manera resolvieron los juicios de revisión constitucional 166, 167 y 180 acumulados, promovidos por los partidos políticos Morena, de la Revolución Democrática, Revolucionario Institucional, Acción Nacional, los tres últimos con la intención de tumbar la elección estatal y que se convocara a comicios extraordinarios.

“La nulidad de una elección es una determinación excepcional, que solo puede declararse cuando en los hechos que se consideran irregulares, están plenamente acreditados, se demuestre que transgredieron de manera grave los principios rectores del proceso electoral, hayan sido generalizados o trascendentes, y que resulten determinantes para el resultado de la elección, esto es que, de no haberse presentado el resultado pudo haber sido distinto”
Indalfer Infante González

En el juicio que promovieron los partidos actores, integrantes del llamado Equipo por Michoacán, denunciaron presunta violencia e intervención de grupos armados; «embarazo» de urnas en más del 80 por ciento de las casillas correspondientes a los distritos de Múgica y Lázaro Cárdenas; violaciones al principio de imparcialidad (difusión de obras y acciones por parte del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador); intervención de servidores de la nación como representantes de Morena en las mesas directivas de casilla; propaganda negra en contra de su candidato, Carlos Herrera Tello, durante el proceso electoral: y, violaciones al periodo de veda electoral.

El magistrado ponente, así como sus homólogos, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Janine M. Otálora Malassis, Mónica Aralí Soto Fregoso, Reyes Rodríguez Mondragón, Felipe de la Mata Pizaña, y, José Luís Vargas Valdez, coincidieron al señalar que, según los indicios aportados por el PRI, PAN y el PRD, no se demostró un contexto de violencia generalizada por influencia ilícita, pero sí se acreditó violencia focalizada en los municipios de Múgica, Gabriel Zamora, La Huacana y Nuevo Urecho, por lo que debía anularse la votación ejercida en esas localidades y modificar el cómputo estatal sin que se actualice un cambio de ganador.

Se acreditó violencia focalizada en los municipios de:
  • Múgica
  • Gabriel Zamora
  • La Huacana
  • Nuevo Urecho

Janine Otalora, Felipe de la Mata y Reyes Rodríguez Mondragón, plantearon la necesidad de vincular al INE para que emita los protocolos necesarios para identificar mecanismos de protección a los candidatos y a la ciudadanía, para evitar que se normalice la violencia en los procesos electorales.

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