Anula Sala Regional de Toluca elección de Maravatío
El Instituto Electoral de Michoacán (IEM) repartió boletas con errores para el sufragio del 6 de junio, en el municipio de Maravatío, situación que el TEPJF declara la a nulidad de la elección de Maravatío Michoacán
Los magistrados resolverían el juicio ST-JRC-56/2021 promovido por el partido Redes Sociales Progresistas (RSP) en contra de la sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEEM) que desechó su querella por los errores registrados en la boleta electoral.
El proyecto de sentencia elaborado por el magistrado Alejandro David Avante Juárez proponía ratificar la sentencia del TEEM, sin embargo, no encontró el respaldo de los magistrados Juan Carlos Silva Adaya y Marcela Fernández Domínguez quienes consideran de gravedad la falta en que incurrió el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) sobre las boletas, con la que se rompió los principios de certeza y legalidad en la contienda.
Cabe apuntar que en las referidas boletas, en vez del nombre del partido RSP apareció el del Partido Encuentro Solidario el cual, no compitió en dicha elección.
Los habitantes y simpatizantes del partido Redes Sociales Progresistas (RSP) se quejaron del gran error que contenían las boletas al vincular a dos partidos políticos con la foto de un candidato que no concursa en alianza por ambos.
La boleta electoral tiene el logotipo que distingue a Redes Sociales Progresistas (RSP) acompañado de la foto del candidato a la alcaldía por Maravatío, Antonio González Arias.
Empero, arriba del nombre del candidato, se encuentra el nombre completo del Partido Encuentro Solidario (PES).
Al razonar el sentido de su voto la magistrada Marcela Fernández Domínguez, refirió que las autoridades electorales están obligadas a garantizar la equidad, pero el error en la boleta incumple el artículo 192 del Código Electoral porque no se cumple con los requisitos que deben cubrirse, con lo que no se garantiza el voto de quienes participaron.
“Este error se traduce en una irregularidad grave que no fue reparada, fue un error de la mayor magnitud debido a que se rompe con el principio de certeza y legalidad, y lo más grave es que quien lo rompe es la autoridad electoral administrativa que es la encargada de vigilar que se cumpla con estos requisitos.
“Es una irregularidad grave porque está fracturado más de un principio. Me parece que es dolosa porque la autoridad no se ocupó de garantizar que las boletas cumplieran todos los requisitos”.
Por su parte el magistrado Alejandro David Avante Juárez rechazó que existan elementos que pusieran en duda la votación, “estoy poniendo en duda que por un error de la boleta en el último lugar se anule más de 20 mil votos del primer lugar y segundo”.
“Por el partido que obtuvo el 1.5 por ciento de los votos, se estaría anulando el 98.5 por ciento. A mi nada me indica que el error registrado haya hecho que la ciudadanía votara por otro partido político”.
La Sala Regional Toluca ordenó al Congreso a que convoque a una elección extraordinaria.
Con ello se le quitaría el triunfo a Jaime Hinojosa Campa, quién había recibido por parte del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) la constancia de mayoría tras haber ganado las elecciones el pasado 6 de junio, al participar por los partidos PRI, PAN y PRD.